Servindi, 21 de octubre, 2024.- Venezuela adoptar medidas de urgencia frente a los impactos que la minería ilegal y otras economías ilícitas tienen sobre la vida, la salud y la supervivencia del pueblo Yanomami en el Arco Minero del Orinoco.
Así lo demanda la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA).
La exhortación se efectúa ante el incremento de la violencia, la propagación de enfermedades infecciosas y el deterioro ambiental.
Según líderes indígenas del pueblo Yanomami, la presencia de mineros ilegales (garimpeiros) y el avance de grupos brasileños y colombianos vinculados a economías ilícitas, en 2024, contribuyen a la creciente violencia en los estados de Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.
La situación ha generado un aumento significativo del desplazamiento forzado, la trata de personas con fines de explotación sexual y otras formas de esclavitud, especialmente de personas mayores, niñas, niños y mujeres.
Como resultado, los modos de vida tradicional y la propia existencia del pueblo Yanomami están desapareciendo.
Adicionalmente, la crisis sanitaria aguda existente profundiza el desamparo que atraviesan las comunidades indígenas ante casos de contaminación del agua por mercurio (con impacto en la caza y pesca y su consecuente aumento de desnutrición) y la exposición a nuevos patógenos.
En este sentido, líderes indígenas alertan sobre la prevalencia de enfermedades por infecciones respiratorias, tuberculosis, diarreas, hepatitis y, en general, de trasmisión sexual y otras prevenibles con vacunas.
De acuerdo con registros propios del pueblo Yanomami, la malaria habría provocado la muerte de al menos 390 personas indígenas en los últimos dos años.
Las denuncias coinciden con el contexto de violencia documentado por la Misión Internacional Independiente para la Determinación de los Hechos en el Arco Minero del Orinoco.
Los hallazgos de dicha Misión indican que entre 2014 y 2022, hubo 832 muertes violentas de personas, de estas, 237 por la presunta actuación directa de agentes estatales y 96 posibles casos de desapariciones de personas.
Asimismo, 107 casos de presuntas torturas y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes; así como 729 afectaciones contra la libertad cometidas por grupos privados e ilegales.
Conforme al orden público interamericano, los pueblos indígenas tienen derecho a una protección especial de su integridad física, psicológica y cultural, que les permita vivir libres de violencia, discriminación y explotación.
Este derecho implica salvaguardar su cultura, territorio y autodeterminación, que son esenciales para su identidad, bienestar y supervivencia.
En consecuencia, Venezuela debe adoptar medidas inmediatas y efectivas para prevenir, investigar y sancionar acciones que amenacen la vida y la integridad del pueblo Yanomami, ya sean perpetradas por terceros o agentes estatales.
Por último, la Comisión y su REDESCA resaltan que dar seguimiento a la situación de derechos humanos en el Arco Minero del Orinoco es complejo debido a la opacidad informativa.
A ello se agrega, la renuencia del Estado al escrutinio internacional y la falta de independencia de instituciones como el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo.
En este sentido, urgen al Estado a producir y publicar información verificable sobre la situación del pueblo Yanomami y adoptar medidas urgentes para que las instituciones creadas para promover y defender los derechos humanos funcionen de forma autónoma e independiente.
Dato:
La Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con el objetivo de fortalecer la promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano, liderando los esfuerzos de la Comisión en esta materia.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia.
La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
FONTE: Pueblo Yanomami devastado por minería ilegal | Servindi – Servicios de Comunicación Intercultural
Deixe um comentário