Ubicación de la línea de transmisión. Detalle de infografía de ProInversión

Ubicación de la línea de transmisión. Detalle de infografía de ProInversión

Litigio constitucional exitoso sobre consulta previa en infraestructura pública.

Servindi, 14 de agosto, 2018.- El Juzgado Civil Transitorio de la Corte de Loreto declaró fundada la demanda de amparo por omisión de consulta del proyecto Línea de Trasmisión Eléctrica Moyobamba Iquitos, y suspendió el proyecto hasta que no se realce la consulta previa.

La demanda contra PROINVERSION y el Ministerio de Energia y Minas (Minem) fue presentada por la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente (ORPIO), afiliada a la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP).

El fallo judicial declara fundada en parte la demanda “por haberse violado el derechos a la consulta previa” y resuelve suspender el desarrollo del proyecto hasta que se cumpla con realizar y culminar la consulta previa a que se refiere el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Ello, respecto al acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en su sesión del 7 de julio del 2011 y el Contrato de Sistema Garantizado de Transmisión del Proyecto “Línea de Transmisión 220 DV Moyobamba –Iquitos y Subestaciones Asociadas”.

La exitosa demanda fue elaborada por el abogado Marco Huaco a pedido del Fórum Solidaridad Perú (FSP), y fue litigada además por el Insituto de Defensa Legal (IDL) y el FSP. Los abogados del Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS) presentaron un litis consorte e ingresaron al proceso.

Diversos abogados especialistas en derecho de los pueblos indígenas calificaron de histórica la sentencia que reconoce la obligación de la consulta previa en un proyecto de infraestructura y expresaron su reconocimiento al equipo de ORPIO en la persona de u presidente Jorge Pérez Rubio.

 

 

FONTE: SERVINDI